FINES del PROYECTO
1º) Unificar los esfuerzos que diferentes asociaciones españolas están haciendo por el fin de la violencia de pareja sin distinción de género y velar por el tratamiento igualitario de ambos sexos en cualquier ámbito, especialmente el judicial.
2º) Identificar las causas de la violencia de pareja y reclamar medios eficaces para combatirla de raíz. Respaldar el desarrollo de proyectos de investigación independientes, apolíticos y de naturaleza científica por el fin de esta lacra.
3º) Defender los derechos constitucionales de toda persona sumida en una realidad de violencia de pareja que se encuentre, de algún modo, desamparada por la ley. Ser la voz de todos los afectados por esta lacra y pedir que se les escuche y se vele por sus necesidades.
4º) Representar un espacio de encuentro y acogida entre asociaciones y afectados para compartir inquietudes, testimonios, propuestas, dudas, terapias, protocolos y vivencias que sirvan a todos los miembros de la plataforma como aliento para la consecución de sus fines.
5º) Difundir las publicaciones y actividades de las entidades asociadas compatibles con los fundamentos de la plataforma.
6º) Proponer el reconocimiento de la importancia del factor psicológico sobre el sociológico en el fenómeno de la violencia de pareja con el fin de estimular la investigación de las variables patológicas que aquejan a los agresores de ambos sexos, en especial de los celos patológicos, como trastorno predominante en este fenómeno.
7º) Reclamar el cumplimiento del Artículo 14 de la Constitución Española por el que se establece, entre otras cosas, que todos los españoles somos iguales en derechos con independencia de nuestro sexo. Artículo que se ha visto transgredido por la controvertida Ley de Protección Integral contra la Violencia de Género de 2004 que asigna penas más duras al varón ante un mismo delito. Defender el uso del término “violencia de pareja” frente al de “violencia de género” para referirse a toda violencia que se da en el seno de una relación de pareja al margen del género de sus miembros, con tal de velar por la protección de todas las víctimas y la condena de todos los agresores en pro del estricto respeto a la Constitución Española y a la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
8º) Velar por la protección integral de los menores sumidos en el trance de la separación de sus padres. Promover que se demuestre metodológicamente la existencia o inexistencia del Síndrome de Alienación Parental (SAP) y se tipifique como delito contra el progenitor que lo provoque. Pedir que se establezca la Custodia Compartida como criterio de resolución “por defecto” en situaciones de divorcio a expensas de modificarse excepcionalmente por el bien objetivo del menor.
9º) Proponer cambios en los protocolos de rehabilitación de agresores y agredidos por la seguridad eficaz de las víctimas:
10º) Defender que las madres que maltratan a sus hijos asuman igual castigo que un maltratador varón, atendiendo a que es la madre biológica la principal agresora de los menores en el hogar y, por tanto, la responsable principal del trauma afectivo que convertirá al menor en futuro agresor. Pedir que las mujeres que utilizan la Ley contra la Violencia de Género como arma para maltratar a sus parejas, asuman el mismo castigo que se contempla para el varón agresor, con el fin de evitar que se abuse de la discriminación que hace esta ley contra el varón, así como de disuadir a estas agresoras para evitar el colapso que sus denuncias generan en los juzgados, perjudicando seriamente a las verdaderas víctimas.